POLÍTICA DE CONFIDENCIALIDAD Y PRIVACIDAD

Acuerdo Mutuo de Confidencialidad y No Elusión (El “Acuerdo”)

"Al hacer clic en 'Acepto', las partes reconocen y aceptan digitalmente los términos de nuestro Acuerdo de Confidencialidad y Privacidad. Este consentimiento implica un compromiso vinculante y tiene como objetivo proteger la información confidencial que se compartirá, garantizando su uso y manejo adecuados por ambas partes, segun las siguientes cláusulas:

1. La información confidencial que se divulgará en virtud de este Acuerdo ("Información confidencial") se puede describir como e incluye, entre otros, lo siguiente: información técnica y comercial relacionada con negocios, ideas patentables y / o secretos comerciales, existentes y / o productos y servicios contemplados, investigación y desarrollo, producción, costos, información de ganancias y márgenes, finanzas y proyecciones financieras, clientes, proveedores de capital y deuda, modelos de negocio, marketing y planes y modelos comerciales actuales o futuros, independientemente de si dicha información se designa como " Información confidencial ”en el momento de su divulgación.

2. La parte receptora (i) utilizará la Información Confidencial solo con el fin de ayudar, asesorar y apoyar para una estrategia de Negocios y Plan de Acción, relaciones comerciales y / o de inversión potenciales (el "Negocio"), (ii) limitará la divulgación de Información Confidencial dentro de su propia organización a directores, funcionarios, socios, miembros y / o empleados (los "Representantes") en base a la necesidad de saber, (iii) será responsable de cualquier acción u omisión de sus Representantes que resulte en el incumplimiento de los términos de este Acuerdo, y (iv) no divulgará Información Confidencial a ningún tercero (ya sea un individuo, corporación u otra entidad) que no sean sus Representantes sin el consentimiento previo por escrito de la parte divulgadora.

3. Este Acuerdo no impone ninguna obligación a las partes con respecto a la Información Confidencial que (a) se poseía antes de recibirla; (b) sea o se convierta en un asunto de conocimiento público por causas ajenas a la parte receptora; (c) se recibe legítimamente de un tercero que no tiene el deber de confidencialidad según el mejor conocimiento de la parte receptora; (d) se divulga sin un deber de confidencialidad a un tercero por, o con la autorización de la parte divulgadora; o (e) se desarrolla de forma independiente. Todo lo anterior es cierto, siempre que no se sepa que dicha información esté sujeta a otro acuerdo de confidencialidad.

4. Cada parte declara y garantiza que tiene derecho a realizar divulgaciones en virtud de este Acuerdo.

5. A solicitud de la parte divulgadora, la parte receptora devolverá o destruirá inmediatamente y hará que sus Representantes devuelvan o destruyan inmediatamente todas las copias de la Información Confidencial a la parte divulgadora; y la parte receptora lo certificará, o certificará la destrucción de toda la Información Confidencial que se le haya proporcionado a ella y a su Representante.

6. Este Acuerdo no se interpretará en el sentido de que crea, transmite, transfiere, otorga o confiere a ninguna de las partes ningún derecho, licencia o autoridad sobre la información intercambiada, excepto el derecho limitado a usar la Información Confidencial especificado en el párrafo 2. Además y específicamente, este Acuerdo no otorga ni implica ninguna licencia o transferencia de ningún derecho de propiedad intelectual.

7. Ninguna de las partes tiene la obligación en virtud de este Acuerdo de comprar ningún servicio, bienes o intangibles de la otra parte. Además, ambas partes reconocen y acuerdan que el intercambio de información en virtud de este Acuerdo no comprometerá ni vinculará a ninguna de las partes a ninguna relación contractual presente o futura (excepto como se establece específicamente en este documento), ni se interpretará el intercambio de información como un incentivo para actuar o no actuar de una manera determinada.

8. Ninguna de las partes celebrará una transacción o negociación, directa o indirectamente, con cualquier tercero identificado o presentado por la otra parte sin el consentimiento previo por escrito de esa parte. Específicamente, las partes del presente tienen la intención de estar legalmente vinculadas, y por el presente acuerdan irrevocablemente y se garantizan mutuamente que no interferirán directa o indirectamente, eludirán o intentarán eludir, evitar, eludir u obviar el interés del otro, o el interés o la relación entre las partes, en relación con cualquier negocio en curso o futuro.

Ninguna de las partes solicitará directamente para emplear, emplear o solicitar retener o retener como consultor o contratista independiente, a ningún funcionario o empleado de la otra parte ("Parte B") o sus afiliados que esté involucrado en el negocio de la Parte B y que se identifica a la primera ("Parte A") en la Información Confidencial o con quien la Parte A ha tenido contacto en relación con su evaluación de cualquier transacción introducida por la Parte B sin el consentimiento previo por escrito de la Parte B. No obstante lo anterior, la Parte A no se le impedirá tomar ninguna de las acciones contempladas en la oración inmediatamente anterior con respecto a cualquier persona que (i) contacte a la Parte A por su propia iniciativa sin ninguna solicitud directa de la Parte A o sus agentes, (ii) responda a cualquier anuncio o solicitud similar que no esté dirigida específicamente a los empleados de la Parte B o sus afiliadas, (iii) se envíe a la Parte A por una agencia de empleo o se identifique de otra manera en el curso de búsqueda de empleo por parte de la Parte A, (iv) ha terminado el empleo como empleado de la Parte B antes del comienzo de las discusiones de empleo con la Parte A, o (v) era conocido por la Parte A antes del comienzo de las discusiones con respecto a cualquier transacción presentado por la Parte B.

9. Ninguna de las partes será responsable ante la otra, de ninguna manera, de las decisiones, obligaciones, costos o gastos incurridos, cambios en las prácticas comerciales, planes, organización, productos, servicios o de otro modo, en función de la decisión de cualquiera de las partes de utilizar o confiar en cualquier información intercambiada en virtud de este Acuerdo.

10. La parte receptora acepta que los daños monetarios serían inadecuados para compensar a la parte divulgadora por la divulgación de Información Confidencial o por cualquier incumplimiento por cualquiera de las partes de sus convenios y acuerdos establecidos en este documento. En consecuencia, las partes acuerdan y reconocen que cualquier infracción causará un daño irreparable a la parte no infractora y que, además de cualquier otro recurso que pueda estar disponible, por ley, en equidad o de otro modo, la parte no infractora tiene derecho a obtener la medida cautelar que un tribunal de jurisdicción competente considere adecuada contra la continuación de tal incumplimiento por parte de una de las partes, sin la necesidad de probar daños reales.

11. Este Acuerdo establece el acuerdo completo entre las partes con respecto a la divulgación de Información Confidencial y la no elusión y reemplaza cualquier acuerdo, entendimiento o representación anterior con respecto al mismo. Ninguna cesión o modificación de este Acuerdo será válida sin el consentimiento previo por escrito de ambas partes.

12. Si se determina que alguna disposición de este Acuerdo es inaplicable, las disposiciones restantes se aplicarán de la manera más completa posible y las disposiciones inaplicables se considerarán modificadas en la medida limitada requerida para permitir la aplicación del Acuerdo en su totalidad.

13. Las partes también acuerdan que ninguna falla o demora por parte de ninguna de las partes en el ejercicio de cualquier derecho, poder o privilegio bajo este Acuerdo operará como una renuncia al mismo, ni ningún ejercicio single o parcial del mismo impedirá cualquier otro o posterior ejercicio de cualquier derecho, poder o privilegio bajo este Acuerdo.

14. Este Acuerdo podrá ser ejecutado en varias contrapartes, cada una de las cuales se considerará original y todas constituirán un mismo instrumento, y entrará en vigencia cuando las contrapartes hayan sido firmadas por cada una de las Partes y entregadas a la otra. El intercambio de copias de este Acuerdo y de páginas de firmas mediante transmisión por correo electrónico en forma de "formato de documento portátil" (".pdf") o por cualquier otro medio electrónico como lo es también la firma digital, constituirá la ejecución y entrega efectiva de este Acuerdo en cuanto a las partes y se puede utilizar en lugar del Acuerdo original para todos los fines.

15. Este Acuerdo se realiza y se interpretará y regirá por las leyes de España (independientemente de las leyes que de otro modo pudieran regir según los principios aplicables de conflictos de leyes de dicho país). En caso de incumplimiento de este acuerdo, todas y cada una de las disputas deberán resolverse en un tribunal de jurisdicción competente de España.

16. Este Acuerdo terminará cinco (5) años después de la fecha en que entró en vigencia, a menos que las partes lo extiendan por mutuo acuerdo, y cualquiera de las partes podrá rescindirlo en cualquier momento con treinta (30) días de notificación por escrito a la otra parte. Sin perjuicio de cualquier terminación, las obligaciones contraídas por las partes de conformidad con el párrafo 2 anterior, continuarán en pleno vigor y efecto durante un período de tres (3) años después de la fecha de terminación del Acuerdo.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, las partes reconocen que han leído y comprendido este Acuerdo y aceptan voluntariamente los deberes y obligaciones aquí establecidas.